ACTUAR Y DESALOJAR SI NO HAN PASADO 72 HORAS

La “okupación” en este caso, duro tan solo 17 días, en los que los “okupas” tuvieron tiempo de hacer fiestas y saraos con piscina incluida. Ahora la vivienda vuelve a estar en manos de la propiedad y debidamente custodiada. Pero parece que, en el auto, su señoría hace ver que la Policía Nacional podría y debería haber actuado con más diligencia y efectividad cuando, a menos de una hora de saltar la alarma y acudir los vigilantes de la central a la vivienda, coincidiendo allí con la propia Policía Nacional, no se actuó teniendo en cuenta que se trataba de un flagrante delito de allanamiento de una propiedad privada. Por mucho que uno de los “okupas” pusiera a un menor como “escudo” y alegara llevar más de tres días allí. Individuo que, por cierto, en el momento del desalojo, manifestó sin cortarse un pelo que era un preso en régimen de “tercer grado”, mostrando la pulsera de localización colocada en su tobillo. Según las últimas directrices, al parecer emanadas de la propia Fiscalía General del Estado, que la exministra Dolores Delgado lidera actualmente, la Policía puede y debe actuar, desalojando de inmediato, si el allanamiento y la “okupación” se ha producido dentro de la ultimas 72 horas.

Los “okupas” saliendo de la vivienda (con patines eléctricos incluidos) en presencia de la Policía Nacional que, en esta ocasión, actuó profesionalmente.

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